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Order (Auto)August 3, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Herrera Gerardo·Respondent Notaria De Alcala Valle Del Cauca

✓
Topic · hard data
Conocimiento De Acciones Populares O De Grupo Cuando El Sujeto Pasivo Es Una Entidad Pública O Un Particular Que Desempeñe Funciones Administrativas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo Oral de Cartago, Valle del Cauca, y el Juzgado Primero Civil del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular que presentó un ciudadano en contra de la Notaría Única del municipio de Alcalá, Valle del Cauca, para la protección de los derechos colectivos previstos en el artículo 4° de la Ley 472 de 1998 y el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, ante el incumplimiento de los artículos 5 y 8 de la Ley 982 de 2005.

Al respecto, indicó que el inmueble donde se encuentra ubicada la notaría no cuenta con profesional intérprete ni con convenio o contrato con una entidad autorizada por el Ministerio de Educación Nacional para atender a la población objeto de protección de la Ley 982 de 2005, ni cuenta con las señales visuales, sonoras o alarmas luminosas exigidas por la misma ley.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 1100/21, confirmada en el Auto 018/22, mediante la cual se estableció que, las acciones populares que se presenten en contra de las notarías para obtener las adecuaciones y ajustes razonables que permitan el acceso efectivo al servicio público notarial para las personas en situación de discapacidad le competen a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional considera que el proceso de la acción popular promovido contra la Notaría Única del municipio de Alcalá le corresponde resolverlo a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, es decir, al Juzgado Primero Administrativo Oral de Cartago.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Cartago y el Juzgado
  3. Primero. Administrativo Oral de Cartago, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
  4. Primero. Administrativo Oral de Cartago continuar con el proceso de la acción popular promovido por Gerardo Herrera contra la Notaría Única de Alcalá, Valle del Cauca.
  5. Segundo. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-1250 al Juzgado
  6. Primero. Administrativo Oral de Cartago para lo de su competencia y, a su vez, para que COMUNIQUE de la presente decisión al ciudadano Gerardo Herrera, a la Notaría Única de Alcalá y al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito de Cartago.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.